Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN INTERDICTAL DE DESPOJO, interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO BARRIOS AÑEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.785.118 contra la ciudadana MARÍA JOSEFINA MALAVE DE DECANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.960.585.