Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la libertad del Ciudadano: Angel Ramón Reyes Miguel Angel Gutierrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.931.788 , domiciliado en la calle Buchivacoa con calle Sucre, casa N° 64, Coro. Estado Falcón y lo impone de las medidas cautelares establecidas en el articulo 253 ordinal 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal . Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Librese la correspondiente boleta de libertad y remitanse las actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Público a los fines que prosiga con la investigación.
El Juez
Abog. Gloria Vargas Vargas
El Secretario
Abog. Daniel Torres