DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano YESSI ALI VIVAS MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.308.011, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numerales 3, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, (3) la presentación por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión cada Diez (10) días por un periodo de seis (6) meses o por ante el Tribunal las veces que sea requerido; (8) Prestación de una fianza personal entendida como caución económica, la cual deberá ser presentada por dos (2) personas de reconocida buena conducta, que acrediten constancia de trabajo y constancia de residencia.....