PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se acuerda LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO CONTADO A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, imponiéndole al acusado JOSÉ EFRAÍN FLORES ESCALONA las siguientes condiciones de conformidad con el Articulo 44 del Código Orgánico Procesal Penal:
Ordinal 1: Residir en la dirección aportada al Tribunal durante la audiencia y participar al Tribunal cualquier cambio de residencia;
Ordinal 5: reincorporarse a la escolaridad en la Misión Rivas, debiendo presentar constancia de inscripción y constancia de estudios cada tres (03) meses.
Ordinal 9: No portar ningún tipo de arma.
Se determina como Organismo de Vigilancia de la.....