PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada, ALEXANDRA ELENA MENDIBLE SANDOVAL, en su condición de víctima, asistida por el abogado RUBEN DARIO MESCHI GARCIA en la causa N° GP01-S-2009-001568, en contra de la decisión de fecha 11-11-2009 emanada del Tribunal de Violencia en Función de Control , Audiencias y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; conforme a la cual Decreto "LA NULIDAD ABSOLUTA del acto realizado en fecha 21-05-2009 por estar viciado de nulidad, al celebrarse sin que las abogadas del investigado estuviesen debidamente juramentadas; nulidad que se decreta de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 437 literal "a" del ejusdem; SEGUNDO: DECLARA ADMITIDO el recurso de Apelación interpuesto por la abogada JENNI JOSEFINA GUTIERREZ GAMEZ, en su carácter de defensora privada del ciudadano DONATO SALVADOR PA.....