Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DURGLYSMAR PAULINA MANTILLA DE PÉREZ Y YOFRAN ALEXIS PÉREZ HERNÁNDEZ, en fecha dieciséis (16) de marzo del año 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Córdoba del estado Táchira, según consta de acta Nº 014. Así se decide.