En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 11 de febrero de 2008, por los abogados Omar García Agostini y Raiza E. Pérez, en su condición de defensores privados del imputado Iván Darío Montilla Jiménez, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.4.5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 01 de febrero del corriente y fundamentada en esa misma fecha, por el Juzgado Vigésimo Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano, conforme lo preceptuado en los artículos 250.1.2.3, 251.2.3.5 y 252.2 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, sancionado e.....