Se dictó Sentencia Interlocutoria N° 031/2010 que declaró Admisible la presente causa, igualmente se ordenó notificar a los ciudadanos Procurador General de la República, Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT y a la empresa recurrente, advirtiéndoles que una vez consignada la última de las boletas mencionada, la causa quedará abierta a pruebas sin auto expreso que lo acuerde.