DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud planteada por la defensa privada del imputado en cuanto a decretar el sobreseimiento e la causa. SEGUNDO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Lara, en contra del ciudadano EDUARDO JOSÉ GOUVEIA LÓPEZ, venezolano, con cédula de identidad número V.-14.020.093, por la presunta comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana KAREEN MARIANGEL PÉREZ, con cédula de identidad númer.....