Vista la manifestación expresa de Desistir del Procedimiento interpuesta por la ciudadana:IRMA JOSEFINA GUEDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.255.118, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.760, de este domicilio, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SUHOMOLOGACION AL PRESENTE DESISTIMIENTO, conjuntamente de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil,y le da autoridad de Cosa Juzgada.
Se acuerda la entrega de los documentos originales que acompañan a la presente solicitud a la parte solicitante y en su lugar déjese copia fotostática certificada de los mismos. Se ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de.....