Este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de la cantidad de BOLIVARES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS (Bs. 808.236)