Se declaró INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional incoada por el ciudadano GERMAN ERNESTO DÍAZ SUNIAGA, titular de la cédula de identidad Nro. 4.872.414, debidamente asistido por el abogado Miguel Parra Gimenez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 24.298, en contra de la sociedad de comercio GRAFIS C.A.