Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el ciudadano ELEAZAR GALLEGOS DE LIMA, cédula de identidad V-348.321, asistido por las abogadas Claudia Casal Wadskier y Soange Quintero Guevara, Inpreabogado Nros. 41.658 y 12.027, respectivamente, contra la Resolución No. 192-2008, del 4 diciembre 2008, dictada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN JOAQUÍN, ESTADO CARABOBO.
2. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución No. 192-2008, del 4 diciembre 2008, dictada por el Alcalde del Municipio San Joaquín, Estado Carabobo, mediante el cual se remueve al querellante, ciudadano Eleazar Gallegos de Lima, cédula de identidad V-348.321, del cargo de Jefe de C.....