El Tribunal declaró NO TENER MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, en la Acción de Amparo Tributaria ejercida por el ciudadano Alberto Blanco-Uribe Quintero, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.554, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Eleonora Jiménez Salom y Anabella Jiménez Salom, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.542.462 y 7.410.987, respectivamente, contra la abstención lesiva de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a dar oportuna y adecuada respuesta a la solicitud de reconocimiento expreso de la desvinculación como accionistas y/o administradoras, de las accionantes arriba identificadas, de la empresa INVERSIONES J.S 3.000, C.A.