DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por los profesionales del derecho Abogados Gillbert Andrés García y Francisco García Fernández, en su condición de Defensores Privados del ciudadano YORDEIBY DAVID GONZÁLEZ CUELLO, contra la decisión dictada en fecha 05 de Febrero de 2011 y fundamentada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 7 de éste Circuito Judicial Penal, mediante el cual decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Cont.....