En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Accidental Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2009, por el abogado FERNANDO GONZALO LESSEUR, apoderado judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, parte demandada en la presente causa, en contra de la sentencia dictada en fecha diecinueve (19) de noviembre de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas la cual queda REVOCADA Y SIN EFECTO alguno entre las partes.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda intentada por la sociedad mercantil ASTIVENCA ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, SA. BANCO UNIVERSAL con la motivación expresa en el presente fa.....