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Decisiones del dia 22/03/2017 |
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N° Expediente :
AP21-S-2017-000180
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/03/2017 |
Procedimiento: Oferta De Pago |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCAILES (SERINCO C.A.) A FAVOR DE DANY JOSE AVILEZ ALZURO |
Resumen:
TERCERO: Atendiendo a las consideraciones anteriores y a los criterios sustentados por nuestro Máximo Tribunal de Justicia y Juzgado Superior, que comparte y hace suyo este Tribunal, a la luz de lo preceptuado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en particular el numeral 2.- del artículo 89; este Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Niega la homologación, del acuerdo transaccional celebrado en el presente procedimiento de "Oferta de Pago Laboral", instaurado por la entidad de trabajo SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCAILES (SERINCO C.A.) a favor del ciudadano DANY JOSE AVILEZ ALZURO, quedando a salvo los derechos inherentes de las partes, además de quedar constancia del pago efectuado a los autos. Y así se decide.
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Juez/Ponente:
Alcy Salazar
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Organo:
Juzgado Undécimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-S-2017-000159.-
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/03/2017 |
Procedimiento: Oferta De Pago |
Partes: PARTE OFERENTESERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE PERSONAL 218, C.A- PARTE OFERIDA:CARLOS MIGUEL ALTUVE SOTO, |
Resumen:
Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo Servicios Administrativos y de Personal 218, C.A., a favor del ciudadano Carlos Altuve, identificadas en los autos.
Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Tercera: Se da por terminado el presente procedimiento y el cierre y el archivo del asunto.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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