Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la defensora judicial de la parte actora.
SEGUNDO: SIN LUGAR el vicio de suposición falsa, alegado por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión definitiva emitida en fecha 23 de marzo de 2017, por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada.
CUARTO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado, ciudadano MAHOMAD CHARAF DASSOUKI HAJJ, al constituirse la trilogía necesaria para.....