-III-
DISPOSITIVO
Con fuerza en las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la ley declara: PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en el presente juicio, ello conforme a lo pautado en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, ha incoado la ciudadana SANTANA IGNACIA MONTILLA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-3.592.529 en contra de la ciudadana MARIA LUISA MONCAYO DE NINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-3.246.521. En consecuencia se declara a la ciudadana SANTANA IGNACIA MONTILLA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y .....