Decisiones del dia 22/03/2018 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AC71-X-2018-000006  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 22/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Con lugar la Inhibición formulada por el Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, en su condición de Juez del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por TACHA DE DOCUMENTO, siguen los ciudadanos MERY CAROLINA DE LOS RIOS ROMERO, MARIA ESTHER AGÜERO DE FARFAN, y la Sociedad Mercantil GDG GROUP DE VENEZUELA, C.A., contra los ciudadanos EDUARDO ALFONSO PARILLI WILHELM, HELLY JOSE AGUILERA CHACON y NORA AZUAJE.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luis Leon 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP11-V-2015-000960  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 22/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la  Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA ACLARATORIA, y en consecuencia, se establece que en la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada por este Juzgado en fecha 05 de marzo de 2018, donde dice "Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas", debe leerse, "Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.", que es lo correcto.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Wilson Gerardo Mendoza Pedraza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Duodecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2018-1906  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 22/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: INADMISIBLE, la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, interpuesta el 15 de marzo de 2018, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Judicial de Municipio de la  Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana THAIZ COLMENARES SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 10.167.006, asistida por la profesional del derecho MARÍA ELENA MÁRQUEZ OLMOS,  venezolana, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.759.627, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.241.- 
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente proceso, no hay imposición de costas procesales.-
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Eneida Torrealba 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-N-2016-000018  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0472018000017  
						  
						  Fecha: 22/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Declara:  
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano José Félix Ramírez Rivas, contra la Providencia administrativa N° 0296-2015, de fecha 04/06/2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Miranda Este, correspondiente al expediente administrativo Nº 027-2014-01-03039.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo señalado, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital Sede Norte, correspondiente al expediente administrativo Nº 027-2014-01-03039.
TERCERO: No  hay condenatoria en costas.
 
Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día, en el cual conste en autos la ultimas de las notificaciones aquí ordenadas. 
Por aplicación analógica de acuerdo a lo .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Belkis Cottoni Dieppa 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo