-III-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA siguen los ciudadanos ALFONSO BENAVIDES VILLAVICENCIO, EDUIN ENRIQUE MERCADO ACOSTA, HÉCTOR ENRIQUE ORELLANO, ISMAR ANTONIO ALBORNETT VELÁSQUEZ, VICTOR FRANCISCO SOLÓRZANO, JOSÉ FRANCISCO AGUILERA, OSCAR ANTONIO APONTE y ELIUSKA JOSEFINA BETANCOURT VELÁSQUEZ, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho OSMARY URDANETA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 188.790.
SEGUNDO: por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Séptimo de Prim.....