V
DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Primera Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS signado bajo el Nº GP11-R-2024-000008, interpuesto por las profesionales del derecho ABG. THAIS RUIZ ROJAS y ABG. ROSMARY TORRES, actuando en su condición de defensoras privadas del imputado FREDDY ERNESTO ORTEGA VAN DENKER, apelan en contra de la decisión dictada en la audiencia de presentación de imputado de fecha 15 de febrero del presente año y publicado in extenso en fecha 19 de febrero del año 2024, emitida por la Jueza a cargo del Tribunal Tercero (3)de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Car.....