Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión intentada por el ciudadano RICARDO MOREIRA OSTOS, a través de su apoderados judiciales, Abogados: Jerman Escalona, Berwin Manzanarez y Anais García, contra la Empresa Mercantil CONSOLIDADA DE INVERSIONES, C.A., representada por el ciudadano CARLOS BERECIARTU ARGUELLES, a través de su apoderado judicial Carlos Eduardo Bereciartu Medicci, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE, en consecuencia, se condena a la empresa demandada al desalojo, del inmueble constituido por un apartamento ubicado en la Urbanización El Parque, Residencias El Sol, Torre A, Piso 12, Apartamento 124, de esta ciudad de Barquisimeto en Estado Lara, por lo que se le condena a entregarlo libre de personas y cosas y en el mismo buen estado en que lo recibió.--------------.....