Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 28 de junio de 2000, por el abogado Jorge Armando Allen Galvis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.868.065, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.373, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente RECTIFICADORA PORTUGUESA, C.A. En consecuencia se CONFIRMA PARCIALMENTE la Resolución N° 210.100-378 de fecha 01 de diciembre de 1999, emitida el Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy denominado Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES) y notificada a la recurrente en fecha 08 de febrero de 2000.
Por consiguiente:
1. Se declara sin lugar los alegatos expuestos por el apoderado judicial de la contribuyente RECTIFICADORA PORTUGUESA, C.A., en cuanto a: i.....