PRIMERO: Con lugar la acción de nulidad en contra del acto de imposición de multa emanada de la Inspectoría del Trabajo Pedro Pascual Abarca del Estado Lara, de fecha 08 de julio de 2010, en el expediente sancionatorio N°078-2009-06-00254, el cual sanciona con multa a la Sociedad Mercantil denominada FLOW C.A. por la cantidad de Bs. 41.559,96, por el incumplimiento de la providencia administrativa N°064, en consecuencia de ello la misma se deja sin efecto.
SEGUNDO: Se ordena notificar de ésta decisión a la Procuraduría General de la República, al Inspector del Trabajo del Estado Lara, que dictó la providencia administrativa y a la representación del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.