DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación intentada por el abogado MARLON GAVIRONDA, parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia:
PRIMERO: Se REVOCA la sentencia apelada.
SEGUNDO: Se ORDENA la admisión de la pretensión de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES producto de la condena en costas procesales, intentada por el Abogado MARLON GAVIRONDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 7.405.233, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Bajo el Nº 44.088, actuando en su propio nombre, contra MATADERO INDUSTRIAL LA FE.....