Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se DECLARO CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de marzo de 2006, por la abogada Maria Patricia Hernández Graterol, en su condición de apoderada judicial de la firma mercantil Embotelladora Terepaima C.A., contra la decisión dictada el día 07 de marzo del 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la empresa Embotelladora Terepaima C.A., contra los ciudadanos Ernesto Ramón Bullones, Manuel Vicente Martín, Argenis Orlando Escalona, Leonardo Rodríguez, Gustavo Benavidez y José Novoa, todos plenamente identificados. Quedó así REVOCADA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en fecha 07 de marzo de 2006. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.