IV
DECISION
Sobre la base de los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Primera en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la medida de embargo preventivo solicitada por el abogado Jesús Rafael León, en su carácter de apoderado judicial de la demandante Inversiones y Servicios Anamois, C.A, ya identificada, en el juicio que le sigue a Solmeca M&E, C.A, ya identificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello, a los 22 días del mes de mayo de 2008, siendo las 03:00 de la tarde. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivador de sentencias.
La Juez Temporal
Abogada Marisol Hidalgo García
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