En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, interpuesta por los Abogados ZORAIDA MARINA MOULEDOUS MORFFE y JOSE JOAQUIN BOGGIANO BARRETO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 22.141 y 9.960 actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA S.R.L contra la Providencia Administrativa N° PA 1030-04, de fecha 19 de Julio de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, mediante la cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos.