Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer el presente recurso de nulidad, interpuesto por el abogado JUAN RAFAEL MESA REYES, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.249.865, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.66.402, en su carácter de apoderado judicial de la Inversiones ONION 15.3 C.A. COMPAÑÍA ANONIMA, TONY ROMAS VALENCIA, inscrita por ante el registro mercantil séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Nro.1.853 de fecha 17 de diciembre del 2010, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO CESAR "PIPO" ARTEAGA DEL MUNICIPIO VALENCIA, PARROQUIAS SAN JOSÉ, CATEDRAL, RAFAEL URDANETA Y DE LOS MUNICIPIOS SAN DIEGO, NAGUANAGUA DEL ESTADO CARA.....