Se declaró 1. CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta la ciudadana DANNYS ROSA CASTILLO DE MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nro. 7.301.569, asistida por los abogados Víctor Manuel Rivas y Francisco Gustavo Amoni, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nºs 48.991 y 31.156 respectivamente. En consecuencia, 2. SE ORDENA al Instituto Autónomo Municipal Cuerpo de Bomberos del Municipio Valencia del Estado Carabobo a pagar los interés de prestaciones sociales en los términos establecidos en esta decisión, así como al pago de la pensión de sobreviviente a la que tiene derecho la querellante y su hijo en los términos ut supra expuestos.