III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de la competencia interpuesta en fecha 26 de abril de 2007, por el abogado CARLO PRINCE CALDERÓN, actuando en su carácter de apoderado judicial del demandante, ciudadano ALESSANDRO DI GENOVA ZAPPACOSTA, contra la decisión dictada el 20 de abril de 2007, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través de la cual se declaró incompetente en razón de la cuantía y declinó la competencia en un Tribunal de Municipio de esta Circunscripción Judicial, la cual queda revocada. En consecuencia, se declara com.....