Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 12 de febrero del 2009, por el abogado MIGUEL MORILLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil CLUB RESIDENCIAL TEREPAIMA, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el 10 de febrero de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de la sentencia interlocutoria dictada el 10 de febrero de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO EN QUE EL TRIBUNAL .....