En base a las precedentes consideraciones esta SALA 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado KARL ONTIVEROS, Defensor Público Penal Suplente, adscrito al sistema autónomo de la Defensa Pública en el Estado Carabobo, actuando como defensor del ciudadano WUINDER YERINZON RIERA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial en audiencia de presentación de fecha 15 de Marzo de 2009, mediante el cual les decretó medida judicial preventiva de privación de libertad al mencionado imputado por los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO; previstos y sancionados en los artículos 218, 277, en concordancia con el Articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, y 470 .....