Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del convenimiento celebrado en fecha dieciocho (18) de junio de 2010, entre la ciudadana YASMELY VARGAS, parte actora, asistida por el profesional del derecho, ciudadano RAMÓN JOSÉ CELIS NOGUERA, por una parte y por la otra la profesional KEILA CAROLINA ARAUJO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano JOSÉ RAMÓN GARCÍA MÁRQUEZ, plenamente identificados en autos. Se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.