PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Dr. FREDDY BELISARIO CAPELLA, Juez Titular del Tribunal de Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, fundamentada en el supuesto previsto en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena remitir de forma inmediata dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, copia certificada de la presente decisión al Juez Superior Marítimo inhibido FREDDY BELISARIO CAPELLA.