Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto interpuesto en fecha cuatro (4) de marzo de dos mil quince (2015), por el abogado VÍCTOR PINARES LOAYZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 178.156, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora PROACTION COMPUTACIÓN C.A., ya identificada, contra la decisión dictada el día veinticinco (25) de febrero del mismo año, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, que declaró perimida la instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el art.....