DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha veintiocho (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016), por el abogado ANIBAL JOSÉ LAIRET VIDAL, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedades mercantiles SOPORTES ELECTRICOS SOPELCA C.A., Y OFICINA TECNICA CONTTIN GARCIA C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016). En consecuencia, queda CONFIRMADO el fallo apelado, por las razones expuestas en la presente decisión.
SEGUNDO: SE NIEGAN la medida cautelar nominada de pr.....