El Tribunal impartió su HOMOLOGACIÓN a la partición amistosa presentada mediante escrito de fecha 10 de febrero de 2016, por la abogada en ejercicio ADRIANA LIZH CASTILLO, actuando en su condición de apoderada judicial de los solicitantes ciudadanos FRANCISCO JOSÉ REYES PEREZ y ABIGAIL JOSEFINA MARTINEZ NAVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-6.707.242 y V-6.823.889, respectivamente, en los términos contenidos en ella, de conformidad con lo establecido en el Artículo 173 y siguientes del Código Civil Venezolano. En consecuencia, queda adjudicado en plena propiedad a la ciudadana ABIGAIL JOSEFINA MARTINEZ NAVAS, titular de la cédula de identidad número 6.823.889, un inmueble constituido por una (01) casa o unidad de vivienda denominada "Villa", del tipo D distinguida con las siglas 6-12-D, inscrita en la dirección de catastro con el Nº 36764, ubicada en la planta sexta del Conjunto Residencial MONTECLARO VILLAS, ubicado en .....