En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, de conformidad con la motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: Se revoca el auto recurrido, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 04 de mayo de 2023.
TERCERO: Se ordena a la Jueza del Tribunal Primero de Primera instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declarar la admisión de los hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de salvaguardar el principio de la doble instancia y el orden público Laboral.
CUARTO: No hay condenatoria en costas,.....