PRIMERO: CON LUGAR la demanda por concepto de cobro de prestaciones sociales intentada por el ciudadano: HENRY HERNANDEZ DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad N° 5.890.182, contra la Sociedad Mercantil UNIDAD MEDICO NEFROLOGICA LA PASTORA C.A., identificada en autos; y SIN LUGAR la defensa de prescripción alegada por la parte demandada.
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil UNIDAD MEDICO NEFROLOGICA LA PASTORA C.A., a pagar al demandante, los siguientes conceptos y cantidades: Bonificación de Indemnización por Antigüedad (Art. 666 LOT) Bs. 1.999.999,99; Compensación por Transferencia Bs. 600.000.oo; Antigüedad establecida en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, desde el mes de agosto 1997 hasta el mes de Abril de 1998 la suma de Bs. 1.333.333,33; de mayo 1998 hasta Mayo 2001, la cantidad de Bs. 8.399.998,80; de junio 2001 hasta el mes de Mayo 2002, la cantidad de Bs. 6.000.000,oo; Vacaciones vencidas .....