"(...) En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN  suscrita entre la ciudadana CLARISA SCHARPER CASTEJON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº  16.248.851,  y la sociedad mercantil SPE PRODUCCIONES, C.A.(...)"