Así las cosas, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales que conforman el presente expediente que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran la referida transacción, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la transacción previamente mencionada, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio de Ejecución De Hipoteca, incoado por la abogado Judith Aurenty, en su carácter de apoderada judicial de la CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES, PENSIONADOS Y JUBILADOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CAPSEOJ), asociación civil previamente identificada, contra la ciudadana Katiuska Rodríguez Pacheco, también identificada, por no ser contraria a derecho o alguna disposición.....