DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado VÍCTOR DURÁN, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, entidad de trabajo COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L., contra la decisión de fecha 12 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Se ratifica la sentencia in comento, la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la citada entidad de trabajo, contra la Dirección de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos del Trabajo del Sector Privado, en virtud de la Providencia Administrativa N.....