III.- DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por la ciudadana SARAY ESTHER GRANADILLO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-29.856.946, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOAQUÍN MARINO LÓPEZ OSORIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.545, contra el ciudadano FABIAN JOSÉ GONZÁLEZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.572.547. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales cursantes en autos, dejándose en su lugar copia certifi.....