Por las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el profesional del derecho LUÍS ENRIQUE QUINTERO CHONG, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 128.187, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil "Colegio María Inmaculada", Los Dos Caminos; contra la sentencia dictada en fecha 28 de junio de 2012 por la Jueza del Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, la cual declaró Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional intentado por los ciudadanos JOSÉ VICENTE OLIVAR y PATRCIA DEL CARMEN FLORES GONZÁLEZ, venezol.....