Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala No. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JOSE JESUS ALICANDU OPORTO, MENFIS DEL CARMEN ALVAREZ NUÑEZ y MANZANO OCHOA JOSE GREGORIO, en su carácter de defensores del ciudadano GOUVEIA GONZÁLEZ LARRY ELOY, en contra de la decisión proferida en fecha 23 de agosto de 2008 por el Tribunal Décimo Séptimo (17°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ya mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN LA MODALIDAD DE ERROR EN EL GOLPE, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 68 del Código Penal y US.....