DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por ambas partes en el presente juicio, da por concluido el proceso y ordena se archive el expediente judicial.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, los Veintidós (22) días del mes de Septiembre del año dos mil diez (2010).- Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
MSc. EDGAR MOYA MILLAN
ABOGADO
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANA GAVIDIA JUÁREZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 AM., se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANA GAVIDIA JUÁREZ
Exp: 6566/E.....