Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto lo expuesto por la notificada en este acto, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, declara embargada preventivamente la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 27.763,62), que se encuentra depositada en la cuenta corriente arriba identificada, perteneciente a la empresa demandada de autos S.M. ABASTECEDORA SOL ZULIANO C.A. ( ASOZULCA), y advirtió a la notificada en este acto de la obligación en que está de retener dicha suma de dinero, remitiéndola directamente mediante cheque de gerencia a nombre del Tribunal de la causa, JUZGADO UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, expediente No. 2533-2011. En este estado,.....