Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir como segunda instancia el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de mayo de 2014, por los ciudadanos Eligia Socorro Silva, Eddy Abel Chirinos Silva, Nereyda Jose Chirinos Silva, Neyda Rafaela Chirinos Silva y Ender Onécimo Chirinos Silva, ya identificados; contra el auto dictado en fecha 05 de mayo de 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual declaró inadmisible la demanda incoada.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA ante uno de los Juzgados Superiores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que detente la materia mercantil.
TERCERO: Remítase oportunamente con oficio el presente asunto a la Unid.....